SIGAMOS EJERCIENDO NUESTRA SOBERANÍA: MADURO ES EL PRESIDENTE
Profesor Msc. Jacinto Antonio Martínez García.
Caracas, 09 de enero 2019. (Para su consideración)
Todos tenemos derecho a discernir y el valor del discernimiento es la facultad de nuestro entender, por cuya virtud el hombre-mujer puede distinguir lo bueno de lo malo, lo que es verdadero y lo que es falso, es el juicio por cuyo medio o través del cual percibimos y declaramos la diferencia que existe entre las cosas, los eventos, las personas. Es nuestra opinión razonada al respecto.
La oposición pidió una y otra vez adelanto de las elecciones presidenciales, fueron complacidos todas las veces y cuando el Consejo Nacional Electoral, cumplidos los tiempos constitucionales los convoca. Se hacen las elecciones el 20 de mayo de 2018, GANA EL PRESIDENTE CANDIDATO Nicolás Maduro Moro con un 67% de los votos de los electores participantes, entonces como niños malcriados no aceptaron los resultados, como siempre lo hacen. Prometen entregar pruebas y nunca las entregan.
Desconocen al Presidente Nicolás Maduro Moros quien fue electos legal y jurídicamente bajo las instrucciones y la legalidad del Poder Electoral, el mismo CNE que avaló los resultados de la Asamblea Nacional que los eligió. ¡Ah! El CNE es bueno cuando ellos ganan.
¡Qué pena! ¡Qué muchos sabiendo leer y convencidos que tienen la razón en todo cuanto argumentan necesitan les interpreten el artículo 231 de nuestra Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que copio a continuación:
“El
candidato elegido o candidata elegida tomará posesión del cargo de
Presidente o Presidenta de la República el diez de enero del primer
año de su período constitucional, mediante juramento ante la
Asamblea Nacional. Si por cualquier motivo sobrevenido el Presidente
o Presidenta de la República no pudiese tomar posesión ante la
Asamblea Nacional, lo hará ante el Tribunal Supremo de Justicia”.
Veámos: ¿Cómo es que no saben que existe: “...motivo sobrevenido”? ¿Qué es entonces el desacato constitucional? ¡Claro! Mantener en el seno de la Asamblea Nacional como diputado a dos ciudadanos del Estado Amazonas a quienes se les comprobó que hicieron trampa en su elección. El Tribunal Supremo de Justicia, TSJ, les ordenó corrigieran ese entuerto violatorio de su constitucionalidad. No lo hicieron, en consecuencia ese es el motivo sobrevenido. ¿Y qué significa? Que no esta previsto en la Constitución. Y por esa razón EL PRESIDENTE Nicolás Maduro Moro tomará posesión del cargo de Presidente de la República Bolivariana de Venezuela, el diez de enero del primer año de su período constitucional,mediante juramento lo ante el Tribunal Supremo de Justicia.
Compatriotas, en consonancia constitucional te invitamos a continuar haciendo patria, ejerciendo nuestra soberanía que es intransferible como lo reza Artículo 5 de CRBV:
“La
soberanía reside intransferiblemente en el pueblo, quien la ejerce
directamente en la forma prevista en esta Constitución y en la ley,
e indirectamente, mediante el sufragio, por los órganos que ejercen
el Poder Público”
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